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Inventario de fauna y flora

  • Estos estudios generalmente suelen estar encaminados por leyes a la protección, regulación y manejo de la fauna silvestre, en las que se incluye programas de inventario y monitoreo de la biodiversidad (Ojasti & Dallmeier 2000). Los inventarios, la estimación de la abundancia de especies clave y su evaluación, son insumos fundamentales en el diagnóstico de impacto ambiental, al permitir conocer la estructura de las comunidades presentes en una región y reconocer las funciones que desempeñan (Huston, 1994; Cordero 2014).

    Entre las poblaciones susceptibles para dar un diagnóstico ambiental, se incluye particularmente los mamíferos, aves, anfibios y reptiles por su importante rol ecológico (Vanni et al. 2002; Niño & Zambrano, 2009). Estudiar las contribuciones que ofrece cada una de estas especies permite obtener un panorama de cómo se están regulando las funciones en el ecosistema (Díaz-García, 2019

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Comunidades hidrobiológicas

Los ecosistemas acuáticos brindan distintos modelos de desarrollo de la vida en el mundo, estableciendo condiciones especiales para la subsistencia y para la organización de las estructuras y procesos ecológicos básicos (Roldán & Ramírez, 2008). Por esta razón, el conocimiento del funcionamiento de los ecosistemas acuáticos, es necesario para la explotación, manejo y conservación de los recursos acuáticos; de esta manera permite evidenciar la calidad del agua a través de la caracterización de las comunidades hidrobiológicas de los ecosistemas acuáticos de las aguas superficiales  

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Olores Ofensivos

  • Dentro de los contaminantes atmosféricos sujetos a reglamentación por considerarlos causantes de efectos adversos en el medio ambiente, los recursos naturales renovables y la salud humana, se incluyen las sustancias generadoras de olores ofensivos, definidas como el olor generado por sustancias o actividades industriales, comerciales o de servicios, que produce fastidio, aunque no cause daño a la salud.

    Para la evaluación de la calidad del aire de sustancias generadoras de olores ofensivos, se tienen como referencia las directrices y metodologías establecidos en la Resolución 2087 de 2014 por la cual se adopta el “Protocolo para el Monitoreo, Control y Vigilancia de Olores Ofensivos” y la Resolución 1541 del 12 de noviembre de 2013 emitida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS).

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